Casarse con una persona de otra nacionalidad en España es perfectamente legal y más frecuente de lo que pensáis: aproximadamente el 18 % de los matrimonios celebrados en España tienen un componente internacional. Pero eso sí, el papeleo se multiplica. Apostillas, traducciones juradas, certificados consulares… si no os organizáis con tiempo, el estrés burocrático puede arruinaros los meses previos a la boda.

Esta guía cubre todos los escenarios: español/a con comunitario/a, con extracomunitario/a, dos extranjeros casándose en España. Paso a paso, como si un abogado especializado os lo estuviera explicando.

Requisitos generales

Los requisitos básicos para contraer matrimonio en España son los mismos que para cualquier boda civil (artículos 44-48 del Código Civil). Pero cuando uno o ambos contrayentes tienen nacionalidad extranjera, se aplican normas adicionales de Derecho Internacional Privado (artículo 9.1 del Código Civil): la capacidad matrimonial se rige por la ley nacional de cada contrayente.

En la práctica, esto significa que el contrayente extranjero debe demostrar que, según la ley de su país, cumple los requisitos para casarse.

Documentación del contrayente extranjero

Además de la documentación estándar del expediente matrimonial, el contrayente extranjero necesita:

  1. Certificado literal de nacimiento expedido por las autoridades de su país, con una antigüedad máxima de 6 meses.
  2. Certificado de capacidad matrimonial (o «certificado de soltería» o «certificado de libertad para contraer matrimonio»), expedido por la autoridad competente de su país o por su consulado en España.
  3. Pasaporte en vigor y, si es extracomunitario, NIE (Número de Identidad de Extranjero) o tarjeta de residencia.
  4. Certificado de empadronamiento si reside en España.
  5. Si estuvo casado/a anteriormente: sentencia de divorcio extranjera, debidamente legalizada y traducida.

La apostilla de La Haya

Todos los documentos extranjeros deben estar apostillados si el país de origen es firmante del Convenio de La Haya de 1961 (lo son la mayoría de países del mundo). La apostilla es un sello oficial que certifica la autenticidad del documento.

Si el país no es firmante del Convenio (por ejemplo, Canadá o algunos países africanos y asiáticos), los documentos necesitan legalización consular, un proceso más largo que implica:

  1. Legalización por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país de origen.
  2. Legalización por el consulado de España en ese país.
  3. Legalización por el Ministerio de Asuntos Exteriores español.

Traducciones juradas

Todo documento que no esté en castellano debe ir acompañado de una traducción jurada realizada por un traductor acreditado por el Ministerio de Asuntos Exteriores español. El coste habitual es de 40-80 € por página, y el plazo puede ser de 1-2 semanas.

Importante: las traducciones realizadas en el país de origen no suelen ser válidas en España. Tiene que ser un traductor jurado español.

Escenarios frecuentes

Español/a + ciudadano/a de la UE

Es el escenario más sencillo. Los ciudadanos de la UE, el EEE y Suiza tienen libertad de residencia y no necesitan visado. La documentación es la estándar con apostilla (la mayoría de países de la UE son firmantes del Convenio de La Haya).

Español/a + extracomunitario/a residente en España

El contrayente extracomunitario necesita NIE y tarjeta de residencia (o prueba de residencia legal). La documentación lleva más tiempo porque hay que solicitar certificados al país de origen y apostillarlos.

Español/a + extracomunitario/a no residente

El caso más complejo. El contrayente necesitará un visado de entrada a España (visado de turista o, idealmente, un visado específico). Una vez celebrado el matrimonio, podrá solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, que le permite residir y trabajar en España.

Aviso: el Registro Civil puede realizar una audiencia más exhaustiva para descartar matrimonios de conveniencia (artículo 65 de la Ley de Registro Civil). No os asustéis, pero id preparados para preguntas detalladas sobre vuestra relación.

Dos extranjeros casándose en España

Es posible siempre que al menos uno de los dos resida legalmente en España. El matrimonio se regirá por las leyes españolas en cuanto a la forma, pero la capacidad se determinará según la ley nacional de cada uno.

Plazos reales

Los plazos son significativamente más largos que para una boda entre dos españoles:

Trámite Plazo estimado
Obtener documentos del país de origen 1-3 meses
Apostilla o legalización consular 2-6 semanas
Traducción jurada 1-2 semanas
Expediente matrimonial (Registro Civil) 3-6 meses
Audiencia reservada (más exhaustiva) Incluida en el expediente

Total realista: empezad con un mínimo de 12-18 meses de antelación.

El matrimonio de conveniencia: qué saben los jueces

Cuando uno de los contrayentes es extracomunitario, el Registro Civil presta especial atención a detectar matrimonios de conveniencia (celebrados exclusivamente para obtener permisos de residencia). La Instrucción de la DGRN de 31 de enero de 2006 establece criterios orientativos:

  • Gran diferencia de edad sin relación previa conocida.
  • Desconocimiento mutuo del idioma.
  • Falta de convivencia previa demostrable.
  • Dinero de por medio.

Si vuestra relación es genuina, no tenéis nada que temer. Llevad fotos, mensajes, billetes de avión de visitas mutuas y cualquier prueba de vuestra relación.

Efectos legales del matrimonio internacional

Una vez inscritos en el Registro Civil español, los efectos son los mismos que los de cualquier matrimonio español. Además:

  • El cónyuge extracomunitario puede solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE.
  • Tras un año de matrimonio y residencia en España, puede solicitar la nacionalidad española (artículo 22 del Código Civil). Es uno de los plazos más cortos de toda la legislación de nacionalidad.
  • El régimen económico matrimonial se determina según la ley del país de residencia habitual común (si hay pacto previo en capitulaciones, respetará lo pactado).

Consejo final

Si vuestra boda tiene componente internacional, os recomiendo encarecidamente consultar con un abogado especializado en extranjería antes de iniciar los trámites. Un error en la documentación puede retrasar la boda meses, y los plazos de los Registros Civiles de ciudades grandes son ya de por sí extensos.

Consultad también la guía de documentación necesaria y los trámites del Registro Civil para el proceso general.